Al solicitar la pensión, ya se puede pedir el nuevo complemento por maternidad para reducir la brecha de género
17 de marzo de 2021
Al solicitar la pensión, ya se puede pedir el nuevo complemento por maternidad para reducir la brecha de género
El nuevo complemento por maternidad destinado a reducir la brecha de género, de 378 euros anuales por hijo hasta un máximo de cuatro hijos, ya se puede solicitar al pedir la pensión, ya que la norma entró en vigor el 4 de febrero y se estima que podría beneficiar a 30.000 mujeres en 2021. Los hombres pueden pedirlo si acreditan que la paternidad perjudicó a su carrera laboral.
Es decir si ha tenido uno o más hijos ya pueden solicitar el nuevo complemento para reducir la brecha de género, junto al trámite de solicitud de su pensión de jubilación, incapacidad o viudedad. Puede solicitarlo en la Sede Electrónica de la Seguridad Social, con certificado digital y DNI electrónico. También puede solicitarlo a través del formulario habilitado en la Sede Electrónica de la Seguridad Social disponible en este enlace, adjuntando el modelo de solicitud de su pensión y la documentación necesaria, sin necesidad de certificado electrónico. Puede conocer cómo funciona este servicio en esta guía práctica.
El nuevo complemento parte de una cuantía fija de 378 €/año, por hijo, hasta un máximo de 4 hijos. Es decir, la persona que al acceder a su pensión acredite, que cumpliendo los requisitos establecidos para este complemento, ha tenido con un hijo contará con 27 euros al mes más en su pensión; con dos hijos, tendrá 54 euros más al mes, etc. La cuantía se abonará en 14 pagas. Los requisitos para poder beneficiarse del mismo son:
•Estar adscrito a cualquier régimen del sistema de la Seguridad Social y solicitar una pensión contributiva de jubilación, de incapacidad permanente o de viudedad. Es decir, el complemento se sumará a las pensiones de jubilación ordinaria, jubilación anticipada voluntaria, incapacidad permanente y viudedad.
•Los complementos que pudieran ser reconocidos en cualquiera de los regímenes de Seguridad Social serán incompatibles entre sí. Se abonará en el régimen en el que el causante de la pensión tenga más períodos de alta.
•Tener uno o más hijos inscritos en el Registro Civil.
•Si es un hombre, debe acreditar los requisitos adicionales que puede encontrar aquí.
No duden en ponerse en contacto con cualquiera de nuestros despachos para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto
Enlace a los modelos oficiales de solicitud para las pensiones del sistema de la Seguridad Social pinchando aquí.
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