Cuando Hacienda llama a tu puerta: cómo superar una inspección sin miedo
21 de septiembre de 2018
Cuando Hacienda llama a tu puerta: cómo superar una inspección sin miedo
Son los particulares “hombres de negro” del Ministerio de Hacienda. En el imaginario colectivo, a estos “men in black” sólo les mueve una sed insaciable de sangre y se dedican a “crujir” a autónomos simplemente por diversión. La realidad sin embargo no puede ser más prosaica.
La labor inspectora de los técnicos de Hacienda es en la mayoría de los casos, una tarea administrativa que no suele tener consecuencias. Recibir una inspección por supuesto no es lo mejor que puede ocurrirle a tu empresa, pero no hay que dramatizar.
Si has hecho tus deberes y tienes la conciencia tranquila, las probabilidades de que no seas sancionado son en realidad, bastante altas. En este artículo explicamos en qué situaciones es probable que recibas una inspección y cómo actuar cuando la recibas. ¿Lo más importante? Mantener la calma y en lo posible, adelantarse a los acontecimientos.
Cuando Hacienda llama a tu puerta
La labor inspectora de los técnicos de Hacienda es continua y en realidad, tu negocio puede recibir una inspección ordinaria en cualquier momento. Sin embargo hay algunas situaciones que levantan más “sospechas” que otras, por lo que si tu empresa se encuentra en una de las siguientes situaciones, la posibilidades de que te inspeccionen aumentan…y te conviene estar preparado.
Pedir el NIF para realizar operaciones intracomunitarias
El IVA intracomunitario es el que permite a pymes y autónomos realizar operaciones con otros países de la Unión Europea. Su principal ventaja es que permite a los empresarios y autónomos no tener que introducir el IVA en sus facturas a cliente europeos. Para poder aplicar este sistema, tanto la empresa que emite la factura debe estar dada de alta en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios).
A raíz de las ventajas fiscales que supone este sistema, es habitual que los autónomos y las pequeñas empresas que lo solicitan reciban una inspección de Hacienda, que finalmente determina si la necesidad para pedir el nuevo NIF es real.
Devolución del IVA
A Hacienda no le suele hacer demasiada ilusión que una pequeña empresa afirme que debe devolver parte del IVA recaudado. Si bien el procedimiento no es automático, si la declaración sale a devolver las probabilidades de sufrir una inspección aumentan.
Falta de concordancia entre los modelos trimestrales y anuales
Más que por voluntad de defraudar, el despiste o la ignorancia se encuentran en este caso. Los autónomos tienen que tener claro que los modelos anuales que presentan a Hacienda (modelo 180, 184, 190, 347 ó 390) tienen que coincidir con la suma de sus declaraciones trimestrales. Si se produce una falta de concordancia aumentan las posibilidades de que un inspector llame a su puerta.
Demasiados gastos
Especialmente en el primer año de actividad, es habitual que el autónomo se deduzca un buen número de gastos relacionados con su empresa. Sin embargo si la situación se prolonga en el tiempo puede llamar la atención a los inspectores de la Agencia Tributaria.
Cómo actuar ante una inspección de Hacienda
¿De qué forma podemos saber si Hacienda va a inspeccionar nuestra empresa? La primera, mucho más habitual, es que recibamos una notificación en la que se nos informa que debemos acudir a una de las oficinas de la AEAT. La segunda, mucho menos divertida, es que directamente se presente un inspector en nuestra oficina sin aviso previo.
En el primer caso, Hacienda nos informará del motivo de la inspección, la documentación que hemos de aportar, los ejercicios fiscales afectados, etc. Si hemos hecho los deberes, podremos salir de la cita sin problemas. Si no los hemos hecho, acudir a la cita sigue siendo vital ya que junto a la probable sanción que se derive de la inspección, habrá que sumar la multa que nos impondrán por haber faltado a nuestra reunión con el técnico.
¿Qué ocurre si recibimos directamente la visita de un inspector? En primer lugar tenemos que verificar que tiene una orden judicial que le permita realizar la inspección. Si no la tiene y nosotros no autorizamos la inspección, no puede realizarla.Si tiene el permiso pertinente, podemos negarnos igualmente a la inspección, pero a cambio recibiremos una multa.
En segundo lugar, hay que tener claro que debe exponer el motivo de la inspección y por lo tanto, sólo puede exigir los documentos relacionados con la misma. Recuerda también que en caso de duda o si consideras que el inspector ha ido más allá de lo que motiva la inspección inicial puedes denunciar el procedimiento para anular la visita.
Finalmente volvemos a recomendar que lo importante es mantener la calma. Si estás al día con tus obligaciones fiscales y no has cometido ninguna irregularidad, verás cómo el procedimiento es mucho más sencillo e indoloro de lo que imaginas.
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