El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-Ley para mantener en vigor las reducciones fiscales sobre la electricidad, y los descuentos aplicados sobre el bono social para contener el impacto de los elevados precios mayoristas sobre los consumidores -especialmente los vulnerables- y sobre la recuperación económica justa tras la crisis sanitaria. Además, entre otras medidas de apoyo, el Ejecutivo ha aprobado reducciones fiscales sobre los tributos locales para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, ha facilitado que las empresas industriales hagan autoconsumo compartido, y ha aumentado los plazos intermedios de la tramitación de nuevas instalaciones de renovables.
En junio y septiembre, el Consejo de Ministros aprobó un plan de choque con numerosas medidas para contener el impacto de las cotizaciones internacionales del gas, que se repercuten en el precio mayorista de la electricidad. Hoy, mediante un Real Decreto-ley, ha prorrogado las medias fiscales durante el primer cuatrimestre del año: el Impuesto sobre el Valor añadido (IVA) se mantendrá al 10% en la factura eléctrica de los consumidores con hasta 10 kW de potencia contratada, siempre que el precio medio mensual del mercado mayorista del mes anterior sea superior a 45 €/MWh.
El Impuesto Especial sobre la Electricidad (IEE) seguirá hasta el 30 de abril en el 0,5%, el mínimo autorizado por la normativa europea. Y el Impuesto que grava con un 7% el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica (IVPEE), por su parte, al devengarse trimestralmente permanecerá suspendido hasta el 31 de marzo.
Todas estas reducciones fiscales permitirán ahorros de unos 2.000 millones de euros a 27,7 millones de hogares, autónomos y empresas, puesto que el 72,5% de los suministros de empresas y negocios también se benefician de la rebaja del 10% del IVA.
Por otro lado, el Ejecutivo también ha decidido mantener hasta que concluya el mes de abril los descuentos extraordinarios del bono social del 60% para los consumidores vulnerables -normalmente es un 25%- y del 70% para los vulnerables severos, habitualmente en el 40%. Además, se les aplicará el 10% de IVA con independencia del precio del mercado mayorista.
Impulso de la recarga para vehículos eléctricos
El RDL aprobado por el Consejo de Ministros incluye medidas de fomento de la movilidad eléctrica, entre las que destacan las fiscales para nuevas infraestructuras de recarga: los ayuntamientos podrán aplicar bonificaciones hasta el 50% del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), hasta el 50% en la Cuota Municipal en locales afectos a actividad económica y hasta el 90% del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).
Los edificios no residenciales privados y los parkings no adscritos a edificios tendrán que instalar puntos de recarga cuando tengan más de 20 plazas de aparcamiento antes del 1 de enero de 2023, de un modo proporcional al número de plazas. Con carácter general, dispondrán de una estación de recarga por cada 40 plazas o fracción, hasta 1.000 plazas -en el caso de la Administración General del Estado, serán 20 plazas hasta 500 plazas- y una estación más por cada 100 plazas o fracción.
Para agilizar la implantación de una red de recarga solvente -el objetivo es de disponer de 100.000 puntos en 2023- la instalación de los puntos de recarga queda eximida de la obtención previa de las licencias de obras, de funcionamiento o de actividad, de carácter medioambiental o similares; bastará una simple declaración responsable del titular.
Igualmente, se facilita la implantación de puntos de recarga en los terrenos circundantes a las carreteras del Estado, con vistas a su instalación masiva en las estaciones de servicio. Y se incorpora al ordenamiento jurídico un régimen sancionador para las distribuidoras de electricidad en casos de incumplimiento de plazos a la hora de facilitar información sobre las condiciones técnico-económicas de la instalación de puntos.
Fomento del autoconsumo
Para fomentar y facilitar la instalación de sistemas de autoconsumo, todos los proyectos menores de 100 kW quedan eximidos de presentar garantías económicas para tramitarse. Además, las compañías distribuidoras deberán disponer de canales de comunicación abiertos -como un número de teléfono gratuito o una dirección electrónica- para atender consultas y obtener información relativa a los expedientes de acceso a la red de instalaciones de autoconsumo. Al igual que con la recarga eléctrica, el RDL actualiza el régimen sancionador para evitar retrasos en los procesos de tramitación y alta de las instalaciones.
Con el objetivo de potenciar el autoconsumo para grandes consumidores, se extiende la posibilidad de realizar autoconsumo compartido-varios autoconsumidores se benefician de una única instalación- a través de la red de alta tensión (hasta ahora sólo se autorizaba en baja tensión).
La presentación de estas medidas coincide con la aprobación, también hoy en el Consejo de Ministros, de la Hoja de Ruta del Autoconsumo, con el objetivo de alcanzar 14 GW de este tipo de instalaciones en 2030.
Tramitación de plantas renovables
En la actualidad hay otorgados permisos de acceso y conexión a la red por 150 GW, mientras que el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) apunta a tener operativos 35 GW adicionales en 2025 y 60 GW en 2030. Este exceso de solicitudes, muchas de ellas inviables económica o ambientalmente, puede impedir la materialización de proyectos viables, debido a la incapacidad de las administraciones para evaluar y tramitar un contingente tan elevado de proyectos, así como a la necesidad de responder adecuadamente a las exigencias económicas y ambientales asociadas al despliegue de renovables y las asociadas a la cohesión social y territorial en lo que afecta a las líneas de evacuación y conexión a red.
Por este motivo, las Comunidades Autónomas solicitaron unánimemente durante la última Conferencia Sectorial de Energía la flexibilización de los plazos asociados a los hitos intermedios de la tramitación de los proyectos, ante la imposibilidad de terminar en tiempo y forma todas las solicitudes.
En consecuencia, el RDL fija un plazo adicional de nueve meses para los hitos intermedios relativos a la obtención de la Declaración de Impacto Ambiental y las autorizaciones administrativas previa y de construcción, sin extender el plazo total de cinco años para el hito final de obtención de la Autorización Administrativa de Explotación definitiva, con la consiguiente entrada en operación de la instalación.
Todos aquellos promotores que no deseen seguir adelante con sus proyectos tras esta modificación de los plazos intermedios podrán renunciar a los correspondientes permisos de acceso y conexión en el plazo de un mes, procediéndose a la devolución de las garantías presentadas.
Flexibilidad para la industria consumidora de gas
Con vistas a ayudar a la industria consumidora de gas a superar la coyuntura de precios elevados del hidrocarburo, se introducen medidas para flexibilizar las condiciones contractuales del suministro. Hasta el próximo 31 de marzo las empresas que se vean forzadas a reducir su producción podrán modificar o suspender el caudal contratado para abastecerse de gas natural, evitando así que soporten costes adicionales derivados de las limitaciones vigentes para modificar este tipo de contratos.
El RDL autoriza la tramitación de instalaciones eólicas marinas que ya cuenten con autorización administrativa previa o que se refieran a prototipos o instalaciones con un componente experimental y de I+D+i. De este modo se establecen dos excepciones a la suspensión a nuevas tramitaciones establecida el pasado junio, a la espera de la aprobación de un nuevo marco normativo para esta tecnología renovable.
Finalmente, también se adoptan varias medidas técnicas para desplegar proyectos e instalaciones innovadoras y de sistemas que faciliten la gestión del sistema eléctrico, como el almacenamiento o compensadores síncronos.
Medidas fiscales para combatir la COVID
Por otra parte, el Real Decreto-ley incluye varias medidas de carácter fiscal que tienen como objetivo combatir la pandemia de COVID-19. En concreto, se recoge la prórroga del tipo superreducido de IVA del 4% para las mascarillas quirúrgicas desechables. La aplicación de dicho tipo, uno de los más bajos de la UE, estaba en vigor hasta el 31 de diciembre de 2021 y ahora se prolonga hasta el primer semestre de 2022.
España se mantendrá como uno de los Estados miembros que aplican un tipo menor a este tipo de productos en un momento en el que se están incrementando los contagios.
Además, el Real Decreto-ley también extiende el tipo 0% a las entregas interiores, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de material sanitario para combatir la COVID-19 adquirido por las administraciones públicas, centros sanitarios y entidades sociales. España ya fue uno de los primeros países de la UE en aplicar esta exención habilitada por la Comisión Europea en abril de 2020.
Oferta de empleo público para el SEPE
En este Real Decreto- Ley se incluye también una Oferta de Empleo Público Extraordinaria para el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
En virtud de la norma, este organismo se reforzará con 926 nuevas plazas, que se dividen de la siguiente forma: 192 corresponden al Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado; y 734, al Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado.
Se trata de un incremento de más de un 10% en los efectivos con que cuenta el SEPE ya que, a 28 de septiembre de 2021, este organismo empleaba a 8.214 personas. Adicionalmente a esta oferta extraordinaria, en el año 2021 se han incorporado al SEPE 373 personas procedentes de la Oferta de Empleo Público, además de 250 interinos. Por lo tanto, en el conjunto del ejercicio, el refuerzo de la plantilla habría sido de casi un 20%.
Esta oferta extraordinaria de empleo no sustituye, sino que es adicional, a la adjudicación de plazas al SEPE por Oferta de Empleo Público ordinaria para el año en curso. De esta manera, se evita la aplicación de las limitaciones relativas a la tasa de reposición de efectivos que se recogía en los Presupuestos Generales del Estado para 2021.
Con esta decisión, el Gobierno busca reforzar la calidad en la atención a las personas demandantes de empleo, a las personas trabajadoras y al tejido empresarial, así como al seguimiento, evaluación y control de los diferentes servicios, programas y prestaciones por desempleo. La oferta extraordinaria de puestos para el SEPE, además, tiene el objetivo de mejorar de manera estructural el funcionamiento del organismo. Y, asimismo, las nuevas plazas se enmarcan en las necesarias reformas para la transformación y modernización de la Administración Pública.
Impulso a las políticas de empleo
El Real Decreto-ley, además de enmarcarse en el compromiso del Gobierno con la calidad de lo público, también es consistente con la apuesta del Ejecutivo por el impulso de las políticas de empleo. De manera que se refuerza la plantilla del SEPE porque, como responsable de la ordenación, desarrollo y seguimiento de los programas y medidas de la política de empleo, ha de contar con unos recursos humanos suficientes y adecuados para hacer frente a los retos planteados en el marco de las reformas estructurales en que está embarcada España.
El SEPE es un organismo que ejerce funciones esenciales y prioritarias para la sociedad. Ello ha sido aún más evidente durante la pandemia de la COVID-19. El SEPE ha sido uno de los pilares que ha hecho posible el mantenimiento de empresas y de las personas trabajadoras que se han visto afectadas por las restricciones a la movilidad que fue necesario adoptar para la protección de la salud.
El Servicio de Empleo Público Estatal ha sido el responsable, por ejemplo, de la gestión de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) a los que llegaron a estar acogidas 3,4 millones de personas trabajadoras.
FUENTE ADADE CENTRAL
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